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🏛️ Calculadora del IBI

Introduce el valor catastral de tu vivienda — indicado en tu recibo del IBI o en la Sede Electrónica del Catastro — así como el tipo de gravamen fijado por tu ayuntamiento para obtener una estimación de tu Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) anual.

🏛️ CalculadoraIBI — estimación

Figura en tu último recibo del IBI.

%

Horquilla legal: 0,4 % a 1,1 % (urbano). El tipo real de tu municipio puede ser muy distinto.


IBI anual estimado
480 €
valor catastral 80.000 € × tipo 0,6 %
Valor catastral
80.000 €
Fijado por el Catastro (Ministerio de Hacienda)
Tipo de gravamen aplicado
0,6 %
Factor más variable según el municipio

Estimación indicativa. El importe exacto de tu IBI figura en tu recibo o puede obtenerse en el organismo de gestión tributaria de tu municipio. No se tienen en cuenta posibles bonificaciones municipales.

El gran impacto del tipo municipal, a valor catastral igual

Con un valor catastral fijo de 80.000 €, así varía el IBI según el tipo de gravamen aplicado dentro de la horquilla legal (0,4 % a 1,1 % para inmuebles urbanos). Es el factor más determinante y más imprevisible de un municipio a otro.

Cómo se calcula realmente el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) se basa en una fórmula oficial muy simple, aplicada por cada ayuntamiento:

  • El valor catastral — una valoración administrativa del inmueble fijada por la Dirección General del Catastro, a partir de la superficie, la ubicación, la antigüedad y el uso del inmueble.
  • El tipo de gravamen municipal — fijado libremente cada año por el ayuntamiento dentro de una horquilla legal: 0,4 % a 1,1 % para los inmuebles urbanos, 0,3 % a 0,9 % para los inmuebles rústicos.

Es decir: IBI = valor catastral × tipo de gravamen municipal. A diferencia de otros impuestos sobre la vivienda, el IBI no aplica ninguna reducción forfaitaria sobre la base imponible: el tipo se aplica directamente sobre el valor catastral íntegro.

¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral es una valoración administrativa fijada por el Catastro (dependiente del Ministerio de Hacienda), distinta del valor de mercado. En muchos municipios suele representar en torno al 50 %-60 % del valor de mercado, aunque esta proporción varía mucho según la fecha de la última revisión catastral de cada localidad. Figura en tu recibo del IBI y puede consultarse en la Sede Electrónica del Catastro.

¿Por qué el tipo varía tanto de un municipio a otro?

A diferencia del valor catastral (fijado con criterios nacionales), el tipo de gravamen lo decide libremente cada ayuntamiento cada año, dentro de la horquilla legal, según sus necesidades presupuestarias. Por eso dos viviendas con el mismo valor catastral pueden pagar un IBI muy distinto según el municipio donde estén situadas. Es el factor más determinante y más imprevisible del cálculo.

Urbano o rústico: dos horquillas legales distintas

La ley distingue los inmuebles urbanos (vivienda habitual, locales, la mayoría de los inmuebles en ciudad) de los inmuebles rústicos (fincas agrícolas, terrenos no urbanizados). La horquilla legal del tipo de gravamen es ligeramente inferior para los inmuebles rústicos (0,3 %-0,9 %) que para los urbanos (0,4 %-1,1 %).

Preguntas frecuentes

¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral es una valoración administrativa del inmueble fijada por la Dirección General del Catastro (Ministerio de Hacienda), a partir de criterios como la superficie, la ubicación, la antigüedad y el uso del inmueble. No es lo mismo que el valor de mercado: suele situarse, en muchos municipios, en torno al 50 %-60 % del valor de mercado, aunque esta proporción varía mucho según la localidad y la fecha de la última revisión catastral. Figura en tu recibo del IBI o puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro.

¿Por qué el tipo de gravamen varía tanto de un municipio a otro?

El IBI es un impuesto municipal: cada ayuntamiento fija libremente su tipo de gravamen dentro de una horquilla legal (0,4 % a 1,1 % para inmuebles urbanos, 0,3 % a 0,9 % para inmuebles rústicos), según sus necesidades presupuestarias. Por eso dos viviendas con el mismo valor catastral pueden pagar un IBI muy distinto según el municipio. Es el factor más determinante y más imprevisible del cálculo: esta herramienta no puede adivinar el tipo exacto de tu ayuntamiento.

¿Existen bonificaciones sobre el IBI?

Sí. Muchos ayuntamientos aplican bonificaciones propias (familia numerosa, vivienda de protección oficial, instalación de placas solares, domiciliación bancaria, entre otras), que pueden reducir la cuota final. Esta herramienta no las tiene en cuenta: consulta las ordenanzas fiscales de tu ayuntamiento para conocer las bonificaciones a las que puedas tener derecho.

¿Quién paga el IBI, el propietario o el inquilino?

El IBI lo paga siempre el propietario del inmueble a fecha 1 de enero de cada año, con independencia de que el inmueble esté alquilado o vacío. El contrato de arrendamiento puede prever, en algunos casos, una repercusión parcial al inquilino, pero el sujeto pasivo ante el ayuntamiento sigue siendo el propietario.

¿Esta calculadora da el importe exacto de mi IBI?

No, se trata de una estimación indicativa basada en la fórmula general (valor catastral × tipo de gravamen). El importe exacto depende del tipo aprobado por tu ayuntamiento para el año en curso y de las bonificaciones que puedan aplicarte. Para un importe preciso, consulta tu último recibo del IBI o el organismo de gestión tributaria de tu municipio.

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