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Indemnización por despido improcedente: cómo se calcula el importe legal
En caso de despido declarado improcedente, el Estatuto de los Trabajadores fija un baremo preciso basado en la antigüedad y el salario, con un tope máximo de 24 mensualidades. Así se determina este importe, con un ejemplo de cálculo completo.
Despido procedente e improcedente: una distinción clave
El derecho laboral español distingue fundamentalmente el despido procedente (aquel considerado justificado, por causas disciplinarias probadas o causas objetivas) del despido improcedente (aquel considerado injustificado porque no se acredita la causa alegada o porque no se cumplen los requisitos formales). Es este segundo caso el que da derecho a la indemnización calculada según el baremo que se explica a continuación. El despido objetivo procedente, por su parte, lleva aparejada una indemnización distinta y menor (20 días por año).
No existe en España una figura equivalente a la «rupture conventionnelle» francesa (un procedimiento legal autónomo de ruptura de mutuo acuerdo homologado por la administración laboral). La figura más próxima en la práctica es el «despido pactado», un acuerdo informal entre empresa y trabajador que suele liquidarse con una indemnización equivalente o superior a la del despido improcedente, pero sin constituir un procedimiento normalizado como el francés.
El baremo legal, paso a paso
Para los contratos firmados después de febrero de 2012, el cálculo se basa en el salario bruto mensual y en la antigüedad del trabajador, según una única regla:
- 33 días de salario por año de antigüedad, con un tope máximo de 24 mensualidades, con independencia del número de años trabajados.
Para los trabajadores cuya antigüedad comenzó antes de febrero de 2012, el cálculo es mixto: el periodo anterior a esa fecha se indemniza a razón de 45 días por año, y el periodo posterior a razón de 33 días por año, calculados por separado y sumados. Este artículo se centra en el caso más simple y más frecuente hoy en día: los contratos posteriores a 2012.
Ejemplo de cálculo completo
Tomemos un trabajador con 8 años de antigüedad (contrato posterior a 2012) y un salario bruto mensual de 2.000 €.
Paso 1 — calcular el salario diario:
Salario diario = (salario mensual × 12) ÷ 365
(2.000 € × 12) ÷ 365 = 24.000 € ÷ 365 = 65,75 €/día (aproximado)
Paso 2 — aplicar el baremo de 33 días por año:
65,75 € × 33 días × 8 años = 17.378,08 €
Paso 3 — comprobar el tope de 24 mensualidades:
Tope: 2.000 € × 24 = 48.000 €
Como 17.378,08 € es inferior al tope de 48.000 €, el tope no se aplica y el importe final es de 17.378,08 €.
El tope de 24 mensualidades solo entra en juego en antigüedades muy largas o salarios muy altos: por ejemplo, con más de 21 años de antigüedad al mismo salario de 2.000 €, el cálculo bruto superaría las 48.000 € y quedaría limitado a ese importe.
Un baremo bajo debate
El Comité Europeo de Derechos Sociales ha señalado que este sistema de indemnización tarifada (33 días/año) podría no ser suficientemente disuasorio ni reparador conforme a la Carta Social Europea revisada. Existe un debate de reforma en curso en España sobre este tema, pero, a fecha de esta publicación, no hay ninguna reforma legal aprobada que modifique el baremo vigente descrito en este artículo.
Lo que este cálculo no cubre
Este baremo se refiere únicamente a la indemnización por despido improcedente. No tiene en cuenta otras indemnizaciones distintas, como los salarios de tramitación en determinados supuestos, la liquidación de vacaciones no disfrutadas, o mejoras pactadas individualmente en el contrato o el convenio colectivo. Tampoco sustituye el asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista ante un caso real.
Lo esencial
- El baremo legal del despido improcedente (contratos posteriores a 2012): 33 días de salario por año de antigüedad, con un tope de 24 mensualidades.
- Para contratos iniciados antes de 2012, el cálculo es mixto: 45 días/año antes de 2012, 33 días/año después, sumados.
- Ejemplo con 8 años de antigüedad y 2.000 € brutos/mes: indemnización de 17.378,08 €, muy por debajo del tope de 48.000 €.
- No existe en España un equivalente exacto de la rupture conventionnelle francesa: el despido pactado es la figura más próxima en la práctica.
- Este baremo está bajo debate de reforma en España, aunque a día de hoy sigue vigente tal como se describe aquí.
- Para una situación concreta, un graduado social, un abogado laboralista o el servicio de RRHH siguen siendo las referencias a consultar: este artículo no constituye asesoramiento jurídico personalizado.