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Blog · Dinero y finanzas

Comparar dos créditos: la trampa del tipo que parece más bajo

Una entidad de crédito anuncia «1 % al mes», otra «12 % al año». El reflejo es multiplicar 1 % por 12 y concluir que ambas ofertas salen igual. Precisamente ahí se esconde el error.

Dos tipos, dos unidades, una falsa impresión de igualdad

Ante dos ofertas de crédito al consumo, no es raro que las entidades no expresen su tipo con la misma periodicidad. Una anuncia un tipo mensual, otra un tipo anual. Para comparar rápido, muchos prestatarios hacen el cálculo mental: 1 % al mes son 12 % en doce meses, así que equivale a una oferta al 12 % anual. El problema es que ese razonamiento es incorrecto.

El cálculo real: 1 % al mes no equivale a 12 % al año

Multiplicar un tipo mensual por 12 supone ignorar un fenómeno central en finanzas: los intereses compuestos. Cada mes, los intereses ya devengados generan a su vez intereses el mes siguiente. El tipo anual realmente equivalente a 1 % al mes se calcula así:

tipo anual equivalente = (1 + 0,01)^12 − 1

Es decir (1,01)^12 − 1 ≈ 12,68 %, y no 12 %.

La diferencia entre 12 % y 12,68 % parece mínima sobre el papel, algo menos de 0,7 puntos. Pero significa que una oferta presentada como «1 % al mes» cuesta en realidad más cara que una oferta al «12 % al año» — cuando un cálculo rápido de cabeza habría hecho pensar que eran idénticas.

Lo que cambia en un crédito real

Sobre un préstamo de 10.000 € devuelto en 36 cuotas mensuales, la oferta al 1 % mensual da una cuota de unos 332 € y un coste total de unos 11.957 €. La misma cantidad prestada al tipo mensual realmente equivalente a 12 % anual (es decir, aproximadamente 0,9489 % mensual) da una cuota de unos 329 € para un coste total de unos 11.852 €. La diferencia, unos 105 €, no salta a la vista en una sola cuota, pero es real y crece con el importe prestado o la duración del crédito.

Por qué esta confusión es tan frecuente

El reflejo de multiplicar o dividir entre 12 viene de una lógica lineal, natural al manejar porcentajes en el día a día. Pero un tipo de interés no se suma de un período a otro, se compone: cada mes, la base sobre la que se aplica el tipo siguiente ya incluye los intereses anteriores. Es esta capitalización la que hace que la equivalencia anual real sea siempre ligeramente superior al simple producto «tipo mensual × 12», e inversamente que la equivalencia mensual real sea siempre ligeramente inferior al simple cociente «tipo anual ÷ 12».

Cómo comparar dos ofertas sin equivocarse

El método correcto consiste en llevar ambos tipos a la misma periodicidad antes de compararlos, usando la fórmula del tipo equivalente actuarial en vez de una conversión lineal. Es exactamente lo que hace un conversor de tipos de interés: aplica la fórmula (1 + i_destino) = (1 + i_origen)^(periodos_destino / periodos_origen) para obtener una cifra realmente comparable, sea cual sea la unidad mostrada por cada entidad.

Más sencillo todavía: fiarse de la TAE (Tasa Anual Equivalente), ya expresada en base anual y regulada por la normativa española de crédito al consumo, lo que la hace directamente comparable entre ofertas sin cálculo adicional. Es precisamente para esto para lo que existe la TAE — para evitar que el prestatario tenga que reconvertir por su cuenta tipos expresados en unidades distintas.

En resumen

  • 1 % al mes no equivale a 12 % al año: el tipo anual realmente equivalente es (1,01)^12 − 1 ≈ 12,68 %.
  • Multiplicar o dividir entre 12 es un atajo lineal que ignora la capitalización de los intereses.
  • La diferencia, pequeña en apariencia, se traduce en decenas o cientos de euros en un crédito real.
  • Para comparar dos ofertas, lleva los tipos a la misma periodicidad (tipo equivalente actuarial) o fíate de la TAE.

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